Normatividad sobre el RUP
Las características inicialmente establecidas de este registro fueron:
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Unificar la reglamentación y la información de todos los registros de proponentes que existían a nivel nacional, departamental y municipal
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Simplificar las tareas de los contratistas en sus trámites frente a la Administración
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Dar la mayor transparencia posible al proceso de inscripción
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Centraliza toda la información del proponente
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El certificado sobre el Registro Único de Proponentes que expiden las cámara de comercio, da cuenta de la inscripción constituyendo plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre en firme.
El Decreto 1510 de 2013, artículos 8 al 14, reglamentó el artículo 6 del la Ley 1150 de 2007 modificada por el artículo 221 221 del Decreto 19 de 2012, en relación con la verificación de las condiciones de los proponentes y su acreditación para el Registro Único de Proponentes a cargo de las cámaras de comercio. Para facilitar la inscripción, en este decreto se unifica toda la reglamentación de la ley con relación al Registro Único de Proponentes.
Marco legal:
Las normas que regulan el Registro Único de Proponentes son:
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Circular número 2 del 31 de enero de 2014: Circular reglamentaria del Decreto 1510 de 2013, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, por la cual se modifica el numeral 1.2 del Capítulo primero, Título VIII de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Anexo 4.10 Solicitud uso de medios electrónicos para el servicio de remisión de información de contratos, multas sanciones e inhabilidades de los proponentes, por parte de las entidades del estado y de las demás entidades que deban enviar el reporte de que trata la ley 1150 de 2007, decreto 1510 de 2013 y demás normas concordantes y complementarias.
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Resolución número 82720 del 20 de diciembre de 2013: Expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio por la cual se aprobó el esquema del formulario Único y la certificación del Registro Único de Proponentes.
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Resolución número 71029 del 28 de noviembre de 2013: Expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio por la cual se aprobó reforma al formulario único de Registro Empresarial y social RUES y sus anexos.
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Decreto 1510 de 17 de julio de 2013: "Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública" modificó el Registro Único de Proponentes del artículo 8 al artículo 14.
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Decreto 19 del 2012: Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. Artículo 221 modifico el artículo 6 de la Ley 11 de 2007.
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Decreto 1690 de 13 de mayo de 2009: Mediante el cual se modifican las tarifas del Registro de Proponentes.
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Ley 1150 del 16 de julio 2007: Artículo 6 modifica la Ley 80 de 1993 Ley General de Contratación Pública.
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Ley 789 del 27 de diciembre de 2002: Por la cual se reglamentan las contribuciones parafiscales y se dictan otras normas de impuestos.
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Decreto 393 del 4 de marzo de 2002: mediante el cual se reglamentan las tarifas de las cámaras de comercio.
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Circular Única del 19 de Julio de 2001: Expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio por la cual se reglamenta el procedimiento del Registro Único de Proponentes. Modificada por la Circular externa número 002 de 2009 y la Circular externa número 006 de 2009 expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio”.
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Ley 80 del 28 de octubre de 1993: Por la cual se crea la Ley General de Contratación Pública y el Registro Único de Proponentes.
Fuente: Camara de Comercio de Bogotá---
http://camara.ccb.org.co/contenido/contenido.aspx?catID=792&conID=3490
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